Aquí te presento un resumen de las principales normativas aplicables en Chile para instalaciones solares, clasificándolas según su tipo de conexión:
I. Para Instalaciones Conectadas a la Red (On-Grid):
Estas instalaciones son las que, además de autoconsumir la energía que producen, pueden inyectar los excedentes a la red eléctrica y recibir una compensación por ello (Netbilling).
Ley N° 20.571 (Ley de Generación Distribuida o Ley Netbilling):
Es la piedra angular para la generación distribuida. Permite a los usuarios residenciales y pequeños generadores (hasta 300 kW de potencia instalada, antes 100 kW) inyectar los excedentes de energía a la red de distribución y que la distribuidora los descuente de la factura de consumo.
Requisitos Clave:
Ser un cliente regulado (no libre).
Capacidad instalada máxima de 300 kW (para clientes regulados).
Contar con un medidor bidireccional (que mida tanto el consumo como la inyección).
Equipamiento certificado por la SEC.
Instalador certificado por la SEC.
Reglamento de la Ley N° 20.571 (DS N°57, de 2020, del Ministerio de Energía): Aprueba el reglamento de generación distribuida para autoconsumo, detallando los procedimientos y requisitos.
Norma Técnica de Conexión y Operación de Equipamientos de Generación en Baja Tensión: Establece los requisitos técnicos para la conexión de sistemas fotovoltaicos a la red de baja tensión.
Instrucciones Técnicas de la SEC (RGR y RIC): La SEC emite diversas instrucciones técnicas que detallan el diseño, ejecución, inspección y mantenimiento de las instalaciones. Algunas de las más relevantes son:
Instrucción Técnica RGR N° 01/2024: Define el procedimiento de comunicación de energización de generadoras residenciales.
Instrucción Técnica RGR N° 02/2024: Establece los requisitos de diseño y ejecución de las instalaciones fotovoltaicas conectadas a redes de distribución. (Esta ha tenido varias actualizaciones, es importante referirse a la última versión).
Pliegos Técnicos Normativos RIC (Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo de Energía Eléctrica, aprobado por el Decreto Supremo N°8/2020 del Ministerio de Energía): Estos pliegos reemplazaron a la antigua NCh Elec. 4/2003 y son fundamentales para cualquier instalación eléctrica, incluyendo las solares.
RIC N°09/2021 Sistemas de autogeneración: Específico para sistemas de autogeneración, incluyendo los fotovoltaicos.
Instrucción Técnica RGR N°06/2024: Relacionada con el diseño y ejecución de instalaciones de sistemas de almacenamiento de energía a través de baterías (BESS), cada vez más relevantes en sistemas solares.
II. Para Instalaciones Aisladas de la Red (Off-Grid):
Estas instalaciones no se conectan a la red eléctrica y operan de forma independiente, a menudo con sistemas de almacenamiento de energía (baterías).
Decreto Supremo N° 8/2020 del Ministerio de Energía (Reglamento de seguridad de las instalaciones de consumo de energía eléctrica, Ex NCH Eléctrica N°4): Al igual que las instalaciones on-grid, las off-grid deben cumplir con los requisitos generales de seguridad eléctrica.
Instrucción Técnica General RIC N°9.1/2021: Diseño y ejecución de las instalaciones fotovoltaicas aisladas de las redes de distribución: Esta instrucción es específica para sistemas fotovoltaicos autónomos, abordando aspectos de diseño, ejecución, inspección y mantenimiento.
Instrucción Técnica RGR N°06/2024 (si aplica): Si tu sistema off-grid incluye baterías, también deberás considerar esta instrucción relacionada con los sistemas de almacenamiento.
III. Consideraciones Adicionales y Aspectos Clave:
Certificación SEC: Es crucial que todos los equipos (paneles, inversores, baterías, etc.) estén certificados por la SEC para su uso en Chile. Puedes consultar los listados de productos autorizados en el sitio web de la SEC.
Instaladores Autorizados: La instalación debe ser realizada por un instalador eléctrico autorizado por la SEC y con la especialidad correspondiente para sistemas fotovoltaicos.
Permisos Municipales: Dependiendo del tamaño y ubicación de la instalación, podrían requerirse permisos de construcción o edificación de la Dirección de Obras Municipales.
Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo de Energía Eléctrica (DS N°8/2020): Este reglamento es el marco general para todas las instalaciones eléctricas y es fundamental para asegurar la seguridad de las personas y los bienes.
Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP): Aunque es más reciente, esta ley está comenzando a tener implicaciones para la gestión de residuos de paneles fotovoltaicos al final de su vida útil.
¿Dónde encontrar la normativa actualizada?
Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC): Es la principal entidad reguladora y fiscalizadora. Su sitio web (www.sec.cl) es la fuente más importante para encontrar las leyes, reglamentos, instrucciones técnicas (RGR, RIC) y listados de equipos e instaladores certificados. Busca las secciones de "Normativa y Regulación" o "Energías Renovables".
Ministerio de Energía: Su sitio web (www.energia.gob.cl) también contiene información relevante sobre políticas y normativas energéticas, incluyendo las relacionadas con la energía solar.
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (BCN - Ley Chile): Para las leyes generales, puedes consultarlas en la BCN (www.leychile.cl).
Recomendación:
Dada la complejidad y la evolución constante de la normativa, si planeas instalar paneles solares, lo más recomendable es:
Contactar a un instalador certificado por la SEC: Ellos son los más familiarizados con la normativa vigente y los procedimientos requeridos.
Consultar directamente los sitios web de la SEC y el Ministerio de Energía: Asegúrate de estar utilizando las últimas versiones de las instrucciones y reglamentos.
Cumplir con la normativa no solo es un requisito legal, sino que también garantiza la seguridad, el buen funcionamiento y la durabilidad de tu sistema solar fotovoltaico.
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