información sobre la normativa para la instalación de sistemas fotovoltaicos en Chile. Es un tema crucial, ya que el cumplimiento de la regulación asegura la seguridad, el correcto funcionamiento y la legalidad de tu proyecto solar.
En Chile, la entidad principal que rige la seguridad y certificación de las instalaciones eléctricas, incluidas las fotovoltaicas, es la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), en conjunto con las directrices del Ministerio de Energía.
A continuación, te detallo la normativa más relevante, distinguiendo entre sistemas conectados a la red y sistemas aislados:
Normativa Clave para la Instalación de Sistemas Fotovoltaicos en Chile
I. Para Instalaciones Conectadas a la Red (On-Grid / Netbilling):
Son aquellas que permiten inyectar los excedentes de energía a la red eléctrica y obtener un descuento en la cuenta de luz.
Ley N° 20.571 (Ley de Generación Distribuida o Ley Netbilling):
Propósito: Permite a clientes residenciales y pequeños generadores (actualmente hasta 300 kW de potencia instalada) generar su propia energía, autoconsumirla e inyectar los excedentes a la red de distribución. La empresa distribuidora descuenta el valor de la energía inyectada de la factura de consumo.
Alcance: Aplica a clientes regulados que generen energía a partir de Energías Renovables No Convencionales (ERNC) o cogeneración eficiente.
Reglamento de la Ley N° 20.571 (Decreto Supremo N° 57 de 2020, del Ministerio de Energía):
Detalle: Aprueba el reglamento específico de la Ley de Generación Distribuida, estableciendo los procedimientos administrativos y técnicos para la conexión y operación de estos sistemas.
Pliegos Técnicos Normativos RIC (Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo de Energía Eléctrica, aprobado por el Decreto Supremo N°8/2020 del Ministerio de Energía):
Estos pliegos son fundamentales para toda instalación eléctrica en Chile, y han reemplazado a la antigua Norma NCh Elec. 4/2003. Son numerosos, pero los más relevantes para FV son:
RIC N°09 (Sistemas de Autogeneración): Específico para el diseño, ejecución y puesta en servicio de sistemas de autogeneración, incluidos los fotovoltaicos. Es el pliego más directamente aplicable.
RIC N°01 (Empalmes), RIC N°02 (Tableros Eléctricos), RIC N°04 (Conductores, Materiales y Sistemas de Canalización), RIC N°06 (Puesta a Tierra), RIC N°17 (Operación y Mantenimiento), RIC N°18 (Presentación de Proyectos), RIC N°19 (Puesta en Servicio): Estos pliegos contienen requisitos generales de seguridad eléctrica que también deben cumplirse en una instalación fotovoltaica.
Instrucciones Técnicas RGR de la SEC (Reglamento de Generación Residencial):
La SEC emite instrucciones específicas que detallan los procedimientos y requisitos técnicos. Es vital consultar las versiones más recientes. Algunas de las más relevantes son:
Instrucción Técnica RGR N°01/2024: Procedimiento de comunicación de energización de generadoras residenciales (el proceso para declarar tu instalación ante la SEC).
Instrucción Técnica RGR N°02/2024: Diseño y ejecución de las instalaciones fotovoltaicas conectadas a redes de distribución. Detalla aspectos técnicos de diseño, componentes, protecciones, etc.
Instrucción Técnica RGR N°06/2024: Diseño y ejecución de instalaciones de sistemas de almacenamiento de energía a través de baterías en instalaciones eléctricas. Importante si tu sistema on-grid incluye baterías.
II. Para Instalaciones Aisladas de la Red (Off-Grid):
Son sistemas autónomos que no se conectan a la red eléctrica pública, y suelen depender de baterías para el almacenamiento.
Decreto Supremo N° 8/2020 del Ministerio de Energía (Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo de Energía Eléctrica):
Aunque no estén conectadas a la red, estas instalaciones deben cumplir con todos los estándares de seguridad eléctrica generales establecidos en este reglamento y sus Pliegos Técnicos RIC asociados (especialmente el RIC N°09 y otros relevantes como los de puesta a tierra, conductores, etc.).
Instrucción Técnica General RIC N°9.1/2021: Diseño y Ejecución de las Instalaciones Fotovoltaicas Aisladas de las Redes de Distribución:
Esta es la instrucción específica para sistemas off-grid, abordando los requisitos particulares de diseño, componentes (paneles, controladores de carga, inversores, baterías), protecciones, y mantenimiento para asegurar su seguridad y correcto funcionamiento.
Instrucción Técnica RGR N°06/2024 (si aplica): Si el sistema aislado incorpora baterías, esta instrucción es crucial para el diseño y seguridad del sistema de almacenamiento.
Aspectos Transversales y Requisitos Fundamentales:
Certificación de Productos: Todos los equipos y componentes de la instalación (paneles fotovoltaicos, inversores, protecciones, cables, baterías, etc.) deben estar certificados por la SEC. La SEC mantiene un listado público de productos eléctricos certificados.
Instalador Autorizado SEC: La instalación, tanto el diseño como la ejecución y la declaración ante la SEC, debe ser realizada o supervisada por un instalador eléctrico autorizado por la SEC y con la especialidad o licencia adecuada para sistemas fotovoltaicos.
Declaración SEC: Una vez finalizada la instalación, esta debe ser declarada y registrada ante la SEC mediante el formato y procedimiento establecido en la Instrucción Técnica RGR N°01/2024 (para on-grid) o mediante el procedimiento general para instalaciones aisladas, según corresponda. Esto es vital para su legalidad y para poder optar a los beneficios del Netbilling.
Seguridad: La normativa enfatiza la seguridad de las personas y de la instalación, con requisitos estrictos para protecciones eléctricas, puesta a tierra, instalación de conductores, desconexión de emergencia y etiquetado.
Permisos Municipales: Dependiendo del tamaño y características del proyecto, es posible que se requieran permisos de edificación o autorizaciones de la Dirección de Obras Municipales (DOM), especialmente para estructuras de soporte de gran tamaño o instalaciones en edificios. Es importante consultar con la DOM de tu comuna.
¿Dónde Consultar la Normativa Actualizada?
La normativa puede ser actualizada por la SEC y el Ministerio de Energía. Siempre es recomendable consultar las fuentes oficiales para asegurarse de tener la última versión:
Sitio web de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC): www.sec.cl (Buscar en las secciones de "Normativa y Regulación", "Electricidad", "Generación Distribuida" o "Pliegos Técnicos RIC").
Sitio web del Ministerio de Energía: www.energia.gob.cl (Buscar en "Energías Renovables", "Normativa").
Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional): www.leychile.cl (Para consultar leyes y decretos supremos).
Recomendación clave: Dada la complejidad técnica y legal, es altamente recomendable que cualquier persona interesada en instalar un sistema fotovoltaico en Chile se asesore y trabaje con empresas e instaladores certificados por la SEC que tengan experiencia comprobada en este tipo de proyectos. Ellos podrán guiarte a través de todo el proceso de diseño, instalación, certificación y declaración, asegurando el cumplimiento de toda la normativa vigente.
Publicar un comentario